La declaración de herederos será notarial cuando los herederos sean hijos, nietos o descendientes directos del fallecido, padres o ascendientes directos y también el cónyuge viudo.
La declaración de herederos debe ser judicial obligatoriamente cuando los herederos sean parientes colaterales, es decir: hermanos, sobrinos,…
Escritura de manifestación y adjudicación de herencia:
- Se detallan y enumeran los bienes.
- Se establece el valor de cada uno de los bienes.
- Valor de la totalidad de la herencia (o caudal relicto).
- Se adjudica a cada heredero el porcentaje que le corresponda.
“primero es pagar que heredar”
Deberán pagarse primero las deudas, luego las legítimas, luego los legados, que se reducirían si perjudicasen a las legítimas, y por último si quedan bienes se repartirá la herencia.
Nombramiento notarial de contador partidor.
Cuando hay discrepancias entre los herederos y como solución alternativa al procedimiento judicial, se puede acudir ante Notario para que éste nombre a un contador-partidor (perito) que realice la partición y adjudicación de la herencia.